Habemus Junta

16 de marzo de 2018 | Liga 1,2,3 | Minuto90.com

El 18 de abril se celebrará en el El Arcángel la Junta Extraordinaria de Accionistas en la que se modificarán los estatutos de la entidad blanquiverde

Era cuestión de horas. Ya hay fecha oficial para la Junta Extraordinaria de Accionistas del Córdoba CF. Tal y como rezaba el contrato de compra-venta firmado por Carlos González y Jesús León, el acto se celebrará antes del 21 de abril, fecha límite que, de haberse inclumplido, hubiera devuelto las acciones al grupo empresarial Azaveco, propiedad del ya expresidente de la entidad califal. 

El Estadio de El Arcángel acogerá el próximo 18 de abril (13:00 horas) un acto que contará con el siguinete Orden del Día:

1º.- Examen de proyecto económico-financiero y deportivo del Club, perspectivas de futuro.

2º.- Examen y revisión, en su caso, reglamento régimen interno de l Club.

3º.- Cese y nombramiento miembros del Consejo de Administración.

4º- Examen, y aprobación, en su caso, de modificación de los Estatutos Sociales en relación al número de acciones mínimo para asistencia a la Junta.

5º- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de modificación de los Estatutos Sociales para su adaptación al Pacto Sexto de la Escritura Pública de compraventa de acciones nominativas de la entidad “Córdoba C.F. S.A.D.” de 19 de enero de 2018.

6º.- Solicitud al Registrador mercantil, si procede, de la inscripción parcial de los acuerdos.

7º.- Autorización al Consejo de administración para ejecución, desarrollo y subsanación de los acuerdos que se adopten por la Junta General.

8º.- Ruegos y preguntas

9º.- Redacción y aprobación, en su caso, del Acta de la Junta

Podrán asistir personalmente a las Juntas Generales los Accionistas, de acuerdo con los requisitos que constan en el art. 16 de los Estatutos sociales, los accionistas que acrediten ser titulares de, al menos, ciento cuatro mil setecientas acciones inscritas a su nombre, con cinco días de antelación como mínimo, en el Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad y, en cualquier momento, desde la publicación de la convocatoria hasta la iniciación de la Junta, podrán obtener la correspondiente tarjeta de asistencia.

Los titulares de las acciones con número inferior al mínimo exigido por el párrafo anterior para la asistencia personal a las Juntas Generales podrán agruparse hasta alcanzar el mínimo exigido.

Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otro accionista. Cuando el derecho de asistencia se alcance por agrupación de acciones, la representación deberá recaer en cualquiera de los accionistas agrupados. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Junta.